miércoles, 14 de septiembre de 2016

Educación

La educación en El Salvador, de acuerdo con la Constitución de la República, es un derecho inherente a la persona humana; y en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión. Y es por eso que el Estado debe propiciar la investigación y el quehacer científico.1 En ese sentido, es deber del Estado organizar el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios, y también se garantiza a las personas naturales y jurídicas la libertad de establecer centros privados de enseñanza.2

Regulación constitucional[editar]

Fines y obligatoriedad de la educación[editar]

En El Salvador, la educación tiene como finalidad lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social; contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana; inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes; combatir todo espíritu de intolerancia y de odio; conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña; y propiciar la unidad del pueblo centroamericano. Pero también se establece que los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación de sus hijos.3
La Constitución de la República declara que todos los habitantes de la república tienen el derecho y el deber de recibir educación parvularia y básica que los capacite para desempeñarse como ciudadanos útiles, y que el Estado debe promover la formación de centros de educación especial. Por otra parte, ésta señala que la educación parvularia, básica, media y especial será gratuita cuando la imparta el Estado.4

Centros educativos públicos y privados[editar]

Por otra parte, en El Salvador se ha definido que la enseñanza que se imparta en los centros educativos oficiales será esencialmente democrática, y que centros de enseñanza privados estarán sujetos a reglamentación e inspección del Estado y que podrán ser subvencionados cuando no tengan fines de lucro. También se ha declarado que el Estado podrá tomar a su cargo, de manera exclusiva, la formación del magisterio.5
Sin embargo, la Constitución de la República ordena que ningún establecimiento de educación podrá negarse a admitir alumnos por motivo de la naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, religiosos, raciales o políticas.6

Ejercicio de la docencia[editar]

En El Salvador, para ejercer la docencia se requiere acreditar capacidad en la forma que la ley disponga. En todos los centros docentes, públicos o privados, civiles o militares, será obligatoria la enseñanza de la historia nacional, el civismo, la moral, la Constitución de la República, los derechos humanos y la conservación de los recursos naturales. La historia nacional y la Constitución deberán ser enseñadas por profesores salvadoreños. Por último también se garantiza la libertad de cátedra.7

Educación superior[editar]

Según lo establecido por la Constitución de la República, la educación superior debe regirse por una ley especial, y que laUniversidad de El Salvador y las demás del Estado gozan de autonomía en los aspectos docente, administrativo y económico; señalando, además, que deben prestar un servicio social, respetando la libertad de cátedra. Para ese fin se regirán por estatutos enmarcados dentro de dicha ley, la cual sentará los principios generales para su organización y funcionamiento. También deben consignarse anualmente en el Presupuesto del Estado las partidas destinadas al sostenimiento de las universidades estatales y las necesarias para asegurar y acrecentar su patrimonio. No, obstante ello, estas instituciones estarán sujetas, de acuerdo con la ley, a la fiscalización del organismo estatal correspondiente. Ahora bien, la ley especial mencionada anteriormente debe regular también la creación y funcionamiento de universidades privadas, respetando la libertad de cátedra, pero estas universidades deben prestar un servicio social y no perseguirán fines de lucro. Y en fin, esta misma ley debe regular la creación y el funcionamiento de los institutos tecnológicos oficiales y privados. De esta manera, el Estado debe velar por el funcionamiento democrático de las instituciones de educación superior y por su adecuado nivel académico.8

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